El diputado Bernabé Aguilar presentó la iniciativa de reformas a la Ley
General de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado y a la Ley de
Fomento Económico para el Estado, con la finalidad de fomentar la
inversión, producción, distribución y consumo de las artesanías que
elaboran habitantes de los pueblos originarios, lo que permitirá impulsar su
economía.
Al realizar la ampliación de motivos señaló:
 Partiendo de esta premisa, es evidente que las manos indígenas demuestran
una gran creatividad y dedicación al momento de crear objetos que
representan a México por el mundo entero, pero también transmiten la
cultura y tradiciones de los pueblos indígenas.
 Por ello, las entidades federativas y los municipios, tienen la finalidad de
promover la igualdad de oportunidades de las personas pertenecientes a
pueblos y comunidades indígenas y eliminar cualquier práctica
discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas
necesarias para garantizar la vigencia de sus derechos.
 Así como el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales
deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

 Como es bien sabido, la reforma del 2011 a nuestra carta magna genero una
revolución jurídica, pues otorgo a las antiguamente denominadas garantías
individuales el carácter de derechos humanos, cuestión que implica una
serie de debates, por ejemplo, para el tema que nos concierne los derechos
originarios de los pueblos indígenas.
 En ese sentido, reconoce a la nación mexicana como pluricultural cuyo
sustento originalmente son los pueblos indígenas y los define como aquellos
que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país
al iniciarse la colonización y que conserva sus propias instituciones sociales,
económicas, culturales y políticas.

 Por su parte, la conciencia de la identidad indígena es un criterio
fundamental para determinar a quienes se aplican disposiciones sobre los
pueblos originarios.
 A su vez señala que las comunidades integrantes de un pueblo indígena son
aquellas que forman una unidad social, económica y cultural, asentadas en
un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y
costumbres, es decir el derecho de los pueblos indígenas a la libre
determinación ejercerá; En un marco constitucional de autonomía que
asegure la unidad nacional.
 El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las
constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar
en cuenta, además de los propios principios generales establecidos en los
párrafos anteriores de este artículo, criterios, etnolingüísticas y de
asentamientos físicos.

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