El diputado J. Carmen Padilla Fernández presentó la iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, para incluir la causa equiparable al robo de ganado consistente en el sacrificio del mismo sin el consentimiento de quien tenga la capacidad legal para otorgarlo, mismo que se podrá sancionar hasta con ocho años de prisión, dependiendo de las cabezas que se lleguen a sacrificar.

El hurto de ganado debe ser combatido de manera atingente, por lo cual, la presente iniciativa de reforma, viene a complementar de forma adecuada, nuestra legislación penal, para la apropiada persecución y sanción del delito de abigeato o robo de ganado como se describe en nuestro código penal local.

Además de lo anterior, dentro del citado cuerpo legal, específicamente en el artículo 205, también se incluyen las conductas que se equiparan a la fig delictiva de robo de ganado, entre las que se encuentran las consistentes en herrar, modificar o destruir los fierros, marcas o señales, que sirvan para identificar la propiedad de semovientes sin el consentimiento de quien deba otorgarlo; o el transportar dolosamente ganado robado; entre otras más, debido a la semejanza en el daño y perjuicio que se realiza en contra del
propietario del ganado respectivo.

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